Facturación Electrónica
Finalmente, y luego de mucha espera, se ha dispuesto para cualquier contribuyente el poder emitir facturas de manera electrónica sin necesidad de contar con un equipo fiscal homologado por la DGI. Este paso hacia la digitalización proporciona un mejor marco de trabajo para que las operaciones comerciales entre empresas y clientes finales sean mucho más eficientes, menos dependientes del papel y más rápidas de procesar que nunca.
En este artículo trataremos de responder a las interrogantes más comunes que puedan tener los contribuyentes, empresarios, clientes y cualquier persona involucrada con un proceso de compraventa que involucra facturación.
¿Quiénes deben adoptar la Facturación Electrónica?
El 11 de octubre de 2023, el Director de la DGI, Publio de Gracia anunció vía el programa Radiografía de Eco TV que a partir del 2 de enero de 2024, todas las actividades económicas serán obligadas a utilizar factura electrónica.
Todos los contribuyentes (Personas Naturales o Jurídicas) registradas en la DGI a partir del 1 de enero de 2022 deben hacer uso exclusivo del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá, (en adelante, SFEP) para sus operaciones comerciales. Además, todos los proveedores del Estado deberán utilizar el SFEP a partir del 30 de julio de 2022, ya que las facturas fiscales dejarán de ser aceptadas por el Estado a partir de esta fecha.
Para el resto de los contribuyentes, la adopción es voluntaria.
¿Qué debo hacer para adoptar la Factura Electrónica en mi negocio?
Importante: El uso, inscripción y envío de información en estos formularios se realiza bajo gravedad de juramento, debe ser enviado únicamente con información fidedigna y verificable.
I. Sistema eTax de la Dirección General de Ingresos (DGI)
El primer paso es calcular la facturación mensual promedio. Esto será necesario para llenar el formulario de adopción al SFEP en la página web de la DGI y para pasos posteriores.
Los siguientes pasos deben realizarse dentro de la cuenta de etax del contribuyente (DGI):
Paso 2: Verificar que la información del contribuyente en el e-Tax de la DGI esté actualizada y correcta.
Paso 3: Ingresar la información del apoderado para retiro de Firma Electrónica. Esta será la persona autorizada a retirar el pendrive (unidad de almacenamiento USB) que contendrá el Certificado Digital de Firma Electrónica necesario para utilizar el SFEP. El documento resultante se utilizará en el paso 5
Paso 4: Llenar la declaración jurada con la información de la empresa según corresponda.
Información a suministrar:
- Nombre Comercial
- Tipo de Servicio a Utilizar: Proveedor Autorizado Calificado
- Cantidad de Equipos Fiscales
- Número de Sucursales
- Tipo de Negocio (B2B, B2C o Ambos)
- Tipo de Establecimiento (Físico, Virtual o Ambos)
Las instrucciones para optar por el Facturador Gratuito las puede consultar en nuestra entrada Alternativas de Facturación: Facturador Gratuito de la DGI
Al enviar la solicitud, recibirá un correo electrónico de la DGI con los plazos de implementación. Se recomienda revisar la carpeta de Correo no deseado (SPAM).
CONTRIBUYENTES | RANGO SEGÚN INGRESOS BRUTOS | PLAZO | |
Personas Naturales | N/A | Hasta 60 días calendario | |
Personas Juridicas | Menores o iguales a B/. 1,000,000.00 | Hasta 60 días calendario | |
B/. 1,000,000.01 hasta B/. 2,500,000.00 | Hasta 90 días calendario | ||
B/. 2,500,000.01 o más | Hasta 120 días calendario |
II. En el Registro Público - Departamento de Firmas Electrónicas
Los siguientes pasos se realizan a través de la dirección de Firma Electrónica del Registro Público para solicitar el Certificado Electrónico de firma electrónica para Facturación Electrónica. Debe crear un usuario en la página https://www.firmaelectronica.gob.pa/ingreso-usuarios.html, haciendo click en el link “Crear Cuenta” en la parte inferior.
En la siguiente pantalla de Registro de Usuario, se ingresan los datos del usuario. Este usuario debe ser la misma persona autorizada como apoderado para retiro de firma electrónica en el paso I, colocar el número de cédula y fecha de nacimiento.
Nota importante: El ciudadano que se registra en este formulario deberá acudir a la cita para solicitar su Firma Electrónica Calificada de manera presencial o virtual en caso de que requiera Firma Electrónica en la Nube.
Luego de enviar la cédula y fecha de nacimiento, se ingresan los datos de contacto de la persona: Correo electrónico, número de celular y se crea la contraseña. Los datos de nombre, apellido, cédula y fecha de nacimiento se llenan automáticamente y no es posible cambiarlos en este paso.
Una vez creada la cuenta, el sistema le envía la confirmación de creación de la cuenta, con lo que se puede iniciar sesión.
Luego de iniciada la sesión, hacer click a “Solicitar Firma Electrónica”:
En este formulario, seleccionar Tipo de Cita Presencial (Certificados Electrónicos en tarjetas o Factura Electrónica).
No debe seleccionar Firma Electrónica en la Nube para Propósitos de Facturación Electrónica.
Al seleccionar esta opción, aparecen los campos para llenar la información del comercio: Razón Social, RUC, DV y Tipo de Contribuyente (Natural o Jurídico), además del formulario obtenido en el paso I, Solicitud de apoderado para retiro de firma electrónica, e imagen de la cédula.
Una vez se tengan todos estos cargados, hacer click a “Reservar Cita”.
El tiempo de espera es de entre 1 y 2 días hábiles para recibir la respuesta de la validación de documentos.
Una vez enviado el comprobante de pago, se recibe la asignación de la cita, la cual puede tomar entre 15 y 25 días hábiles. En esta cita se capturan datos biométricos (foto y huella dactilar), y debe presentarse el documento de identidad (cédula o pasaporte). Esta cita se emite a nombre del apoderado para retiro de la Firma Electrónica, es la única persona que podrá retirar el Certificado Electrónico.
Una vez se tenga el certificado electrónico de Facturación Electrónica y el PIN provisto por el Registro Público, solicitamos los mismos para comenzar el proceso de generación de credenciales de producción para emitir facturas electrónicas.
III. Sistema eTax de la Dirección General de Ingresos (DGI) - Confirmación del PAC
Parte del proceso de emisión de credenciales de producción con el PAC involucra la confirmación del PAC en la DGI. Una vez enviados todos los documentos al PAC, se le comunicará que ya se realizó la solicitud de parte del PAC a su perfil de contribuyente en el eTax de la DGI para que confirme que se está asociando un PAC para generación de facturas electrónicas.
Luego de seguir estos pasos estarás listo para emitir Facturas Electrónicas. Asegúrate de ver los Productos de Facturación Electrónica que tenemos para ti en nuestra tienda.
En Posper Panamá le podemos brindar asistencia y acceso a plataformas de facturación electrónica en modalidad de pruebas, sin compromiso. Contáctenos al 382-3700, 382-5066 o al correo facturaelectronica@posperpanama.com para mayor información.
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[…] El Tipo de Servicio a Usar en FE, para esta caso, sería el Facturador Gratuito. Para información de cómo utilizar un Proveedor Autorizado Calificado, ver nuestra entrada de Facturación Electrónica con PAC. […]